La Justicia Federal de Córdoba rechazó un amparo de la Sociedad Rural de Río Cuarto contra el cobro de los derechos de exportación. Desde la entidad del agro local consideraban que las retenciones eran ilegales por no contar con una ley de Presupuesto que la sustente.

La medida fue adoptada por el juez federal de Río Cuarto, Carlos Arturo Ochoa, quien rechazó la presentación de la Sociedad Rural donde exigían la declaración de inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro del impuesto a partir del 1 de enero del año 2022.El fallo además rechazó cualquier disposición reglamentaria en la cual se pretenda sustentar ese reclamo tributario.

El reclamo de las patronales rurales

La Sociedad Rural de Córdoba consideraba que, desde el 1° de enero pasado, las retenciones ya no eran aplicables, debido a que el Congreso no aprobó la extensión de la ley vinculada a la emergencia económica de 2019 al rechazar el Presupuesto 2022.

El juez federal consideró que en el caso no estaban presentes los requisitos para tramitar el caso como proceso colectivo. Lo hizo dado que la Sociedad Rural de Río Cuarto no cuenta con legitimación para sustentar el reclamo judicial.

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