Al respecto, cabe señalar que el SENASA -Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria-, en la Resolución N° 466/2019 y rectificativa N° 875/2019 prohibió este herbicida en sus formulaciones de ésteres butílicos e isobutílicos, por su alta volatilidad. Así, esta formulación del herbicida 2,4 D ya estaría prohibida para su utilización puesto que ya han pasado los 730 días corridos desde la publicación de las mencionadas resoluciones en el Boletín Oficial.
De esta manera, también se dispusieron en ese entonces (año 2019), las diferentes medidas aplicables a los utilizadores que consistían en: declaración de stock (cantidad de envases, capacidad, lote, fecha de vencimiento) a los 30 días de entrada en vigencia de la norma; en el caso de contar con remanente a los 15 días de la prohibición de uso se debía informar a la Dirección de Agroquímicos y Biológicos del SENASA. Para los infractores, la Resolución 466/2019 preveía también en el marco de la Ley 27.233 Sanidad de los animales y vegetales, en su Capítulo V, las sanciones a ser aplicadas (decomiso, suspensión, etc.).
El informe del ingeniero agrónomo Mario Mondino “Daños del herbicida 2,4 D en el cultivo de algodón” (Marzo 2020) explica la problemática generada por esa contaminación. En efecto, la convivencia de cultivos puede ser perturbada por esas aplicaciones cuando en lugar de atacar las malezas objetivo se desborda en la afectación de cultivos vecinos.
El 2,4 D es el herbicida hormonal más utilizado para el control post-emergente de malezas de hoja ancha (en cultivos de maíz, cereales, sorgos forrajeros o graníferos, pasturas a base de gramíneas, etc.) y en barbechos químicos para mejorar el control de malezas resistentes y de gran tamaño, donde se aplica conjuntamente con herbicidas no selectivos (como el glifosato), en sistemas de siembra directa (soja y maíz).
El ingeniero Mondino indica que los muestreos realizados en diferentes áreas de producción de algodón de la provincia de Santiago del Estero indicarían que la segunda situación sea la causante de fitotoxicidad en los cultivos sensibles. En efecto, en la práctica del barbecho químico se usan intensivamente herbicidas antes de la siembra, para “quemar” los vegetales verdes con glifosato más el 2,4 D agregado en distintas proporciones, para luego implantar la soja por siembra directa, y a la semana se complementa el tratamiento con un desecante, lo que completa esta tecnología llamada de “doble golpe”. Los lotes así tratados ocasionan serios problemas de fitotoxicidad en los lotes de algodón vecinos, por la deriva física de la pulverización o volatilización del herbicida 2,4 D incluso a distancias considerables.
El 2,4 D o ácido diclorofenoxiacético es un herbicida que pertenece al grupo de los fenoxiderivados. Se presenta en distintas formulaciones, siendo los ésteres concentrados emulsionables (sobre todo el butílico) los de mayor volatilidad, siguiendo las sales aminas y sódica (concentrados solubles) y por último la formulación con sal colina. Los primeros son los más fitotóxicos, puesto que son rápidamente absorbidos por el vegetal y son muy activos.
Las posibles fuentes del daño, en el caso de las provincias algodoneras, pueden ser: la aplicación por error del 2,4 D solo o en mezclas; la contaminación del equipo pulverizador; por deriva.
La deriva es el movimiento de las gotas a través del aire durante una pulverización hacia un sitio que no es el objetivo de la pulverización. Se distinguen la deriva física por viento (la cual puede ocurrir con cualquier formulación de 2,4 D) y la deriva por volatilización. En el caso de la primera, aumenta a mayor velocidad del viento, con el menor tamaño de las gotas pulverizadas, con la mayor altura del botalón por arriba del canopeo. Por ello, hay condiciones definidas de no aplicación según la velocidad del viento, temperatura, y la previsión de zonas amortiguadoras. En cuanto a la deriva por volatilización, ocurre por el cambio de fase del producto de líquida a gaseosa (vapor) por aumento de la temperatura o disminución de la presión externa. Los vapores pueden ser arrastrados por el viento a grandes distancias, siendo favorecidos por las altas temperaturas, los suelos húmedos y las inversiones térmicas (que bloquean la capacidad de las masas de aire para mezclar y diluir contaminantes). El fenómeno de inversión térmica ocurre por diferentes causas cuando a mayor altura aumenta la temperatura (siendo lo normal el proceso inverso).
Ciertamente se trata de problemas variados y complejos que requieren un manejo adecuado, razón por la cual la legislación en la provincia de Santiago del Estero ha previsto ya en el año 2004 la prohibición del herbicida 2,4 D en su formulación de éster isobutílico (aplicación aérea, terrestre o manual); la prohibición de la aplicación áerea del herbicida 2,4 D en su formulación sal dimetilamina; la práctica regulada para la aplicación terrestre del 2,4 D en su formulación como sal; la restricción del uso de herbicidas a base de Picloran, 2,4 DB (2, 4 ácido diclorofenoxibutírico, de acción sistémica y selectiva para el control de malezas de hoja ancha), Dicamba y otros de acción hormonal limitándolos a su aplicación terrestre. Varias provincias han dictaminado regulaciones y restricciones similares y complementarias (Tucumán, Córdoba, Chaco, Santa Fe), así como se ha actualizado en 2022 la normativa correspondiente en Santiago del Estero.
Los plazos inicialmente indicados para la prohibición del 2,4 D éster butílico e isobutílico, vencidos el 26 de abril 2021, definen que actualmente estos productos se encuentren dados de baja del Registro Nacional de Terapéutica Vegetal (Dirección de Agroquímicos y Biológicos, Dirección Nacional de Protección Vegetal, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria), por, según expresa la Resolución N°466/2019, los potenciales daños en cultivos agrícolas, forestales y otros, siendo estos daños en los cultivos no blancos la baja de rendimiento, pérdidas económicas, daños a las personas y al medio ambiente.
Como en todo asunto de contaminación ambiental, la intervención de los organismos públicos pertinentes es fundamental para la resolución de los conflictos y como siempre, será necesario conocer qué tipo de productos se están aplicando, cuándo, de qué manera, si se cuenta con las debidas indicaciones de profesionales matriculados para tales prácticas (ingenieros agrónomos), si se tienen en cuenta las regulaciones correspondientes para tales aplicaciones, si no se están utilizando productos prohibidos para su uso o limitados en la modalidad de aplicación, etc. El informe del ingeniero Mondino es muy explicativo también en relación con las acciones necesariaspara que los productores afectados por esta contaminación -que afecta el normal desarrollo de sus cultivos, puesto que se trata de herbicidas hormonales que inhiben el crecimiento- puedan revertir la situación u obtener compensación.
Queda en el aire también la reflexión acerca de la inseguridad ambiental y jurídica en la que parecen crecer las pequeñas y medianas iniciativas productivas en nuestra provincia, justamente en tiempos donde la seguridad alimentaria se ve tan amenazada por diferentes causas.