{"id":189,"date":"2020-11-04T01:25:15","date_gmt":"2020-11-04T01:25:15","guid":{"rendered":"https:\/\/lacontracara.com\/?p=189"},"modified":"2020-11-04T01:25:48","modified_gmt":"2020-11-04T01:25:48","slug":"la-corte-suprema-limito-los-traslados-a-dedo-de-leopoldo-bruglia-y-pablo-bertuzzi-siguen-solo-hasta-que-se-haga-el-concurso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/2020\/11\/04\/la-corte-suprema-limito-los-traslados-a-dedo-de-leopoldo-bruglia-y-pablo-bertuzzi-siguen-solo-hasta-que-se-haga-el-concurso\/","title":{"rendered":"La Corte Suprema limit\u00f3 los traslados a dedo de Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, siguen solo hasta que se haga el concurso"},"content":{"rendered":"\n<p>En una sentencia de\u00a0<strong>4 votos a 1<\/strong>\u00a0que reparte cr\u00edticas para todos lados,\u00a0<strong>la Corte Suprema dej\u00f3 en claro que los jueces y juezas s\u00f3lo pueden ser nombrados\/as por concurso, con intervenci\u00f3n del Poder Ejecutivo (que elegir\u00e1 de una terna) y acuerdo del Senado<\/strong>. Con este razonamiento sostuvo que ninguna designaci\u00f3n por traslado puede ser definitiva y que los jueces\u00a0<strong>Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi<\/strong>\u00a0podr\u00e1n quedarse en la estrat\u00e9gica C\u00e1mara Federal de Comodoro Py, donde el macrismo intent\u00f3 llevarlos para siempre con ese mecanismo,\u00a0<strong>hasta que termine el concurso para cubrir las vacantes<\/strong>, al que podr\u00e1n postularse y rendir examen. Esto podr\u00eda llevar unos dos a\u00f1os, aunque el oficialismo en el Consejo de la Magistratura ya busca el modo de acelerar. <\/p>\n\n\n\n<p>El fallo est\u00e1 basado en un voto que armaron en conjunto\u00a0<strong>Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti<\/strong>, al que adhiri\u00f3 en su esencia\u00a0<strong>Elena Highton de Nolasco<\/strong>.\u00a0<strong>Carlos Rosenkrantz<\/strong>, como ya hab\u00eda dejado dejando en claro, sostiene que los traslados son definitivos y no hay vuelta atr\u00e1s. Para la mayor\u00eda, en cambio, esa interpretaci\u00f3n\u00a0<strong>viola la Constituci\u00f3n Nacional y la independencia del Poder Judicial.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n, con la que la Corte intenta resaltar su poder de quedarse con la \u00faltima palabra en grandes temas institucionales y pol\u00edticos, reparte cachetazos para distintos sectores. Es cr\u00edtica con el&nbsp;<strong>Consejo de la Magistratura<\/strong>&nbsp;y&nbsp;<strong>declara la inconstitucionalidad de la resoluci\u00f3n 183\/2020<\/strong>&nbsp;con que ese organismo estableci\u00f3 este a\u00f1o que una decena de traslados de jueces y juezas eran irregulares porque no hab\u00edan completado el proceso. Seg\u00fan los supremos, el Consejo convalidaba un procedimiento que no es exactamente el que establece la Constituci\u00f3n, al dejar de lado los concursos. La decisi\u00f3n revoca tambi\u00e9n la resoluci\u00f3n de la jueza de primera instancia del fuero en lo contencioso administrativo, Alejandra Biotti, que rechazaba el reclamo de Bruglia y Bertuzzi. A la vez,&nbsp;<strong>la Corte no hace lugar al amparo del d\u00fao BB, porque precisamente pretend\u00eda quedarse en forma definitiva en la Sala I de la C\u00e1mara Federal<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La relevancia del caso<\/h2>\n\n\n\n<p>Para entender la relevancia de este debate hay que remontarse a fines de 2016 cuando el gobierno de&nbsp;<strong>Mauricio Macri<\/strong>&nbsp;comenz\u00f3 a hacer movimientos para lograr ubicar en cargos judiciales que les interesaban por los expedientes que manejaban a jueces y juezas que les merec\u00edan confianza o ve\u00edan afines. Una de las primeras estrategias usadas fue&nbsp;<strong>convertir tribunales orales ordinarios en federales, que ser\u00edan claves en llevar adelante los juicios orales contra Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner<\/strong>&nbsp;y otros ex funcionarios. La Corte desarticul\u00f3 esa iniciativa por medio de dos \u201cacordadas\u201d, las 4 y 7 de 2018, sobre las que vuelve en esta sentencia que analiza los traslados. De hecho, impidi\u00f3 que se conformara un tribunal al que hasta le hab\u00edan asignado el primer juicio contra CFK. Luego de ese ese golpe, las huestes de Mauricio Macri en el Consejo comenzaron a promover m\u00e1s designaciones en otros cargos utilizando artilugios similares: as\u00ed fue que efectuaron traslados, y comenzaron a pasar con la decisi\u00f3n de una simple mayor\u00eda del organismo, a jueces y juezas de un cargo a otro.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Bruglia y Bertuzzi estaban en el Tribunal Oral 4 y pasaron a la C\u00e1mara Federal<\/strong>, donde se plasm\u00f3 la doctrina Irurzun y se avalaron los m\u00e9todos de la&nbsp;<strong>causa cuadernos<\/strong>, entre otras cosas. Esto se repiti\u00f3 con otros cargos, como el caso de&nbsp;<strong>Germ\u00e1n Castelli<\/strong>, que pas\u00f3 de un tribunal oral de San Mart\u00edn a un tribunal federal, el 7, que casualmente tiene el caso de las fotocopias de los cuadernos. Otros siete jueces\/zas m\u00e1s figuran como trasladados sin concurso ni acuerdo del Senado, la mayor\u00eda durante le gobierno de Cambiemos, y sus traslados est\u00e1n bajo revisi\u00f3n de la C\u00e1mara alta. Lo que sucede es que&nbsp;<strong>la Corte dice ahora que para todos esos casos el procedimiento correcto es que se hagan los concursos, no basta con el acuerdo del Senado<\/strong>. As\u00ed, todos los trasladados\/as que est\u00e9n en tela de juicio, podr\u00e1n continuar de manera provisoria en los lugares que ocupen en esa condici\u00f3n, con garant\u00eda de inamovilidad, pero tendr\u00e1n que irse cuando termine el concurso, a menos que se presenten y lo ganen, que es una posibilidad.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La C\u00e1mara Federal<\/h2>\n\n\n\n<p>En medio de este rompecabezas, el dato pol\u00edtico relevante se relaciona con la conformaci\u00f3n de la<strong>&nbsp;C\u00e1mara Federal<\/strong>, que tiene seis cargos, divididos en dos salas. Hasta hoy manejaban exclusivamente este tribunal&nbsp;<strong>Mart\u00edn Irurzun y Mariano Llorens<\/strong>. Ahora podr\u00e1n volver Bruglia y Bertuzzi por un tiempo y quedan dos lugares vac\u00edos. Para estos dos \u00faltimos el Consejo podr\u00e1 elevar candidatos al Poder Ejecutivo porque ya hay un orden de m\u00e9rito. Para los de BB, tendr\u00e1 que hacer una nueva convocatoria. En los hechos, vuelven a estar los \u201cviejos\u201d jueces de la C\u00e1mara que jugaron fuerte durante el gobierno de Cambiemos. Ahora las causas m\u00e1s sensibles que tendr\u00e1n por revisar son las que involucran a Macri y su equipo. Una variante sobre la que a\u00fan no hay definiciones es la posibilidad de que vuelva a uno de esos dos lugares el camarista&nbsp;<strong>Eduardo Farah<\/strong>, que dijo en el Senado que s\u00f3lo hab\u00eda pedido su traslado porque estaba&nbsp;<strong>presionado por el macrismo<\/strong>&nbsp;a ra\u00edz de que dej\u00f3 en libertad a los due\u00f1os del Grupo Indalo, Crist\u00f3bal L\u00f3pez y Fabi\u00e1n de Sousa. La diferencia con otros casos es que Farah hab\u00eda concursado para ese lugar que ocupaba en la C\u00e1mara y al que quiere volver. Otro caso candidato a revisi\u00f3n es el de&nbsp;<strong>Carlos Mahiques<\/strong>, que fue trasladado de la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n nacional a la Federal, solo con acuerdo del Senado.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El disgusto de Bruglia y Bertuzzi<\/h2>\n\n\n\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de esta posibilidad de regreso para Bruglia y Bertuzzi,&nbsp;<strong>ambos jueces recibieron la decisi\u00f3n con disgusto porque la Corte cuestiona el n\u00facleo de su planteo<\/strong>. Por eso&nbsp;<strong>analizan tambi\u00e9n la opci\u00f3n de renunciar<\/strong>. En la misma senda de malestar est\u00e1 el juez Castelli. Su situaci\u00f3n se resolver\u00eda el jueves, pero an\u00e1logamente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En el&nbsp;<strong>Consejo de la Magistratura<\/strong>, digieren las cr\u00edticas cortesanas con algo de optimismo: el oficialismo hace un balance a su favor y busca alguna estrategia para poder&nbsp;<strong>apurar el concurso y resolverlo en seis a ocho meses<\/strong>. Ser\u00eda un r\u00e9cord de celeridad.&nbsp;<strong>El oficialismo en general eval\u00faa que la Corte les dio la raz\u00f3n al se\u00f1alar que los traslados no son permanentes.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Queda claro que ahora habr\u00e1 muchas limitaciones para hacer designaciones por traslado de jueces o juezas de un cargo a otro. La Corte tambi\u00e9n declar\u00f3 la inconstitucionalidad de la resoluci\u00f3n 155\/00 del Consejo que establec\u00eda el reglamento para ese tipo de nombramientos, que inclu\u00edan la evaluaci\u00f3n de ese organismo y un decreto del Poder Ejecutivo, sin concurso. Le advierte al organismo que tiene que\u00a0<strong>restringir al m\u00e1ximo los traslados<\/strong>\u00a0y, a la vez,<strong>\u00a0exhorta al Congreso para que dicte una ley que los regule<\/strong>. Es contundente en que nunca hubo en el derecho argentino una referencia a que un traslado pueda ser definitivo y por lo tanto no se puede analizar una aplicaci\u00f3n retroactiva de una ley que no existe como tal. Insiste en que el \u00fanico modo de nombrar jueces es \u201cen base a una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesi\u00f3n p\u00fablica en la que se tendr\u00e1 en cuenta la idoneidad de los candidatos\u201d. Aclaran que los nombramientos son \u201cpara un cargo espec\u00edfico\u201d y que no es algo gen\u00e9rico que permite cambiar de lugar como si nada.<\/p>\n\n\n\n<p>Bruglia, Bertuzzi y Castelli se hab\u00edan aferrado a las dos acordadas firmadas por la Corte en 2018, que interpretaban a su favor. La n\u00famero 4 fue la primera, y fue publicada el 15 de marzo de 2018. Como los supremos impidieron con ella que se formara un tribunal oral a medida del macrismo, el entonces ministro de Justicia, Germ\u00e1n Garavano, comenz\u00f3 a referirse los tres jueces que la firmaron como&nbsp;<strong>\u201cla mayor\u00eda peronista\u201d<\/strong>. Son los mismos que hicieron mayor\u00eda ahora: Rosatti, Maqueda y Lorenzetti. Rosenkrantz y Highton votaron en disidencia. Once d\u00edas despu\u00e9s, dos diputados que integraban el Consejo por el macrismo, Pablo Tonelli (PRO) y Mario Negri (UCR), presentaron un proyecto de ley para poder hacer traslados sin siquiera el acuerdo del Senado. No prosper\u00f3. Se preparaban para el traslado de Bruglia, que se concret\u00f3 el 9 de abril. Antes, Garavano le pidi\u00f3 aclaraciones al m\u00e1ximo tribunal. En la acordada 7 el mismo tridente supremo sostuvo que para los traslados de jueces federales, si cumplen funciones con igual jerarqu\u00eda, jurisdicci\u00f3n y competencia no se requiere acuerdo del Senado. Insisti\u00f3 en que es un mecanismo excepcional y que a los\/las jueces\/zas s\u00f3lo se los nombra como prev\u00e9 la Constituci\u00f3n en el art\u00edculo 99 inciso 4. Pero esa decisi\u00f3n fue posterior al traslado de Bruglia, no resolv\u00eda su caso. Bertuzzi fue trasladado el 9 de octubre. El Consejo de la Magistratura interpret\u00f3 que el m\u00e1ximo tribunal no avalaba los traslados sin acuerdo del Senado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Los BBC, la oposici\u00f3n pol\u00edtica y los medios afines, consideran que la Corte resignific\u00f3 lo que ella misma hab\u00eda dicho y cambi\u00f3 de criterio ahora<\/strong>. Sin embargo, el fallo dice que las acordadas hablaban de la validez de los traslados pero no de su temporalidad, m\u00e1s all\u00e1 de que estuvieran destinados a competencias o jurisdicciones diferentes. Dice, adem\u00e1s, que deb\u00edan leerse juntas.&nbsp;<strong>Validar el mecanismo de traslado, para la mayor\u00eda suprema, no es igual a validar un nombramiento de jueces, que es permanente<\/strong>. La Corte insiste en que en ninguna disposici\u00f3n dice que los traslados de Bruglia y Bertuzzi fueran definitivos. En todo caso, sostiene, responden a una costumbre inconstitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>Rosenkrantz es, puertas adentro y hacia el macrismo tambi\u00e9n,\u00a0<strong>un gran perdedor de la\u00a0 jornada<\/strong>. Hab\u00eda hecho una demostraci\u00f3n de fuerza al imponer el tratamiento del\u00a0<em>per saltum\u00a0<\/em>a sus colegas y ventilar su posici\u00f3n.\u00a0<strong>Volvi\u00f3 a quedar solo<\/strong>. Para \u00e9l, los traslados son una pr\u00e1ctica \u201cinstitucional\u201d (no inconstitucional) validada por la Corte, que no hay que modificar, el Consejo no debe hacer nada que est\u00e9 destinado a \u201cdesplazar\u201d al d\u00fao BB y los dem\u00e1s trasladados. Tambi\u00e9n fue cr\u00edtico con el Consejo por tomar una decisi\u00f3n retroactiva que revis\u00f3 traslados ya realizados. Todo hace pensar que\u00a0<strong>la que sali\u00f3 mejor parada en todo este enredo fue la propia Corte, o esa mayor\u00eda que se aglutina ante las grandes ocasiones<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Pagina 12<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una sentencia de\u00a04 votos a 1\u00a0que reparte cr\u00edticas para todos lados,\u00a0la Corte Suprema dej\u00f3 en claro que los jueces y juezas s\u00f3lo pueden ser nombrados\/as por concurso, con intervenci\u00f3n&#8230; <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":190,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-189","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/189","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=189"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/189\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":191,"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/189\/revisions\/191"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/190"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=189"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=189"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=189"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}