{"id":33342,"date":"2023-01-03T14:31:19","date_gmt":"2023-01-03T17:31:19","guid":{"rendered":"https:\/\/lacontracara.com\/?p=33342"},"modified":"2023-01-03T14:31:22","modified_gmt":"2023-01-03T17:31:22","slug":"algunos-comentarios-sobre-el-reciente-proyecto-de-blanqueo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lacontracara.com\/index.php\/2023\/01\/03\/algunos-comentarios-sobre-el-reciente-proyecto-de-blanqueo\/","title":{"rendered":"Algunos comentarios sobre el reciente proyecto de blanqueo"},"content":{"rendered":"\n<p>Hace pocos d\u00edas se conocieron los lineamientos del Proyecto de Ley de \u00abDeclaraci\u00f3n Voluntaria del Ahorro Argentino No Exteriorizado\u00bb. Hemos dicho los \u00ablineamientos\u00bb, por cuanto el texto del proyecto no fue difundido, sino \u00fanicamente lo que ser\u00edan sus pautas b\u00e1sicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Seguidamente nos referiremos a las cuestiones centrales, acompa\u00f1ando algunas reflexiones.<\/p>\n\n\n\n<p>El objeto de este proyecto de ley es crear un r\u00e9gimen especial de exteriorizaci\u00f3n -blanqueo- de activos no declarados. No se menciona la afectaci\u00f3n de la recaudaci\u00f3n en el escueto resumen publicitado, pero probablemente tenga que ver con generar recursos extraordinarios para sobrellevar la crisis actual que afecta a las finanzas de gobierno y a las reservas.<\/p>\n\n\n\n<p>Podr\u00e1n ser exteriorizados todo tipo de bienes: tenencias de moneda nacional y\/o extranjera, activos financieros, bienes muebles e inmuebles y dem\u00e1s bienes, incluso cr\u00e9ditos, ya sea que est\u00e9n situados en el pa\u00eds y\/o en el exterior.<\/p>\n\n\n\n<p>Los sujetos que podr\u00e1n acogerse a este r\u00e9gimen son: personas humanas, sucesiones indivisas y empresas (unipersonales o sociedades) seg\u00fan se considera en el impuesto a las Ganancias.<\/p>\n\n\n\n<p>Antes de conocerse estos lineamientos, hab\u00eda sido comentado que la intenci\u00f3n del Gobierno era retomar el proyecto que tiene media sanci\u00f3n del Senado, aquel destinado supuestamente a recaudar fondos para el pago de la deuda con el FMI, que impulsara el Senador Oscar Parrilli (Proyecto S-0535\/2022), cuyas al\u00edcuotas eran nada atractivas (20%, 35% o 50% del valor de los activos). Si bien estamos ante un r\u00e9gimen de exteriorizaci\u00f3n diferente, existen varios aspectos tomados de aquella propuesta.<\/p>\n\n\n\n<p>La informaci\u00f3n que se difundi\u00f3 sobre el nuevo proyecto presenta un esquema de al\u00edcuotas que tal vez sea lo mejor del r\u00e9gimen. Para la exteriorizaci\u00f3n de activos situados en el pa\u00eds y en el exterior con repatriaci\u00f3n, se aplicar\u00e1n las siguientes al\u00edcuotas, seg\u00fan la fecha de ingreso al r\u00e9gimen:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>2,5% desde la entrada en vigencia hasta el 31\/03\/2023.<\/li><li>5% desde el 01\/04\/2023 hasta el 30\/06\/2023.<\/li><li>7,5% desde el 01\/07\/2023 hasta el 30\/09\/2023.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Es muy probable que estas fechas deban ser modificadas, pues parecen haber sido pensadas para una ley sancionada antes del 01\/01\/2023.<\/p>\n\n\n\n<p>Para los activos en el exterior, cuando no se realice la repatriaci\u00f3n de un porcentaje a determinar de las tenencias en moneda extranjera y de importes generados por activos financieros, las al\u00edcuotas mencionadas se duplicar\u00e1n.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se ha previsto un r\u00e9gimen simplificado, a tendr\u00e1 una al\u00edcuota \u00fanica del 1,5% y ser\u00e1 para personas humanas que exterioricen \u00fanicamente tenencias de moneda nacional o extranjera. Existe una limitante: que el monto exteriorizado no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los \u00faltimos tres per\u00edodos fiscales y con un tope de hasta US$ 50.000. Nada se dice sobre un aspecto clave: si esos ingresos anuales ser\u00e1n corregidos por inflaci\u00f3n a los efectos de su promedio (para no comparar peras con manzanas) o bien si se medir\u00e1n en moneda extranjera.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>No se menciona sobre c\u00f3mo se abonar\u00e1 el impuesto especial. Si bien todos los impuestos se abonan en moneda nacional, el proyecto en el cual se inspira mencionaba que el impuesto por la exteriorizaci\u00f3n de activos en el exterior se abonar\u00eda en moneda extranjera (d\u00f3lares).\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Otra cuesti\u00f3n que se omite en los lineamientos es la fecha corte. Es decir, el momento en el cual deber\u00e1n inventariarse y valuarse los bienes no declarados para acceder al r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<p>Los beneficios es un cap\u00edtulo de inter\u00e9s para los potenciales ingresantes. Aqu\u00ed se ha contemplado lo cl\u00e1sico:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Los bienes que se declaren no se considerar\u00e1n incrementos patrimoniales no justificados.<\/li><li>Los sujetos que ingresen se ver\u00e1n liberados de toda acci\u00f3n civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes que se exterioricen.<\/li><li>Liberaci\u00f3n de obligaciones tributarias respecto de los siguientes grav\u00e1menes: impuesto a las ganancias, impuestos internos e IVA, impuesto sobre los bienes personales y contribuci\u00f3n especial sobre el capital de las cooperativas.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Llamativamente, en la lista de beneficios y liberaciones se omite el Aporte Solidario y Extraordinario (ASE) de la Ley 27.605. No parece una decisi\u00f3n que resulte conveniente al r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<p>La experiencia de los \u00faltimos blanqueos aporta elementos que han dado atractivo a dichos reg\u00edmenes y que han sido aparentemente ignorados. No obstante, hay que reconocer que este proyecto s\u00ed ha tomado la baja al\u00edcuota como principal arma de seducci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"que-podria-agregarse-al-proyecto\"><strong>\u00bfQu\u00e9 podr\u00eda agregarse al proyecto?&nbsp;<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>La Ley 26.476 (B.O. 24\/12\/2008) aplicaba una al\u00edcuota muy baja (1%) para la exteriorizaci\u00f3n de moneda extranjera que se destine a:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>la compra en el pa\u00eds de viviendas nuevas, construidas o que obtengan certificado final de obra a partir de la vigencia de dicha ley;&nbsp;<\/li><li>la construcci\u00f3n de nuevos inmuebles, finalizaci\u00f3n de obras en curso, financiamiento de obras de infraestructura, inversiones inmobiliarias, agroganaderas, industriales, turismo o de servicios, en el pa\u00eds.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>En ambos casos, se fij\u00f3 como condici\u00f3n resolutoria que los bienes deb\u00edan permanecer en cabeza de su titular por un plazo de dos a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>La Ley 27.260 (B.O. 22\/07\/2016) contempl\u00f3 la posibilidad de no abonar el impuesto especial de exteriorizaci\u00f3n, a cambio de suscribir t\u00edtulos p\u00fablicos emitidos por el Estado nacional o cuotas partes de fondos comunes de inversi\u00f3n, cuyo objeto fuera la inversi\u00f3n en instrumentos destinados al financiamiento de proyectos de infraestructura, inversi\u00f3n productiva, inmobiliarios, energ\u00edas renovables, peque\u00f1as y medianas empresas, pr\u00e9stamos hipotecarios, desarrollo de econom\u00edas regionales, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Otros aspectos destacables de la Ley 27.260 fueron:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>La posibilidad de exteriorizar en cabeza personal activos a nombre de estructuras del pa\u00eds y del exterior (arts. 38 y 39, respectivamente) y&nbsp;<\/li><li>Beneficios a los contribuyentes cumplidores.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>No hay blanqueo exitoso sin confianza. El aspecto central para que un r\u00e9gimen de sinceramiento fiscal funcione es la previsibilidad y estabilidad de reglas a futuro. El desaf\u00edo que tiene el Gobierno para seducir a los posibles ingresantes es crear confianza en el sistema tributario.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Un aspecto clave ser\u00e1 el impuesto sobre los bienes personales, cuyas al\u00edcuotas m\u00e1ximas actuales pueden resultar confiscatorias en muchos casos. Tambi\u00e9n ser\u00e1 necesario efectuar ciertas correcciones en el impuesto a las ganancias, para que vuelva a ser progresivo en t\u00e9rminos reales y no grave rentas ficticias (v.gr. correcci\u00f3n de normas que se refieren a los costos computables). Aqu\u00ed podr\u00eda estar la \u00abzanahoria\u00bb del r\u00e9gimen.<\/p>\n\n\n\n<p>Nada dicen los lineamientos del nuevo blanqueo de la \u00abzanahoria\u00bb, pero s\u00ed propone otro elemento movilizador: el \u00abacuerdo de colaboraci\u00f3n\u00bb.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto pretende crear un r\u00e9gimen de \u00absopl\u00f3n\u00bb (\u00abwhistleblower\u00bb, en ingl\u00e9s) -herramienta muy utilizada en pa\u00edses anglosajones- dentro del R\u00e9gimen Penal Tributario (Ley 27.430) como procedimiento para que la AFIP obtenga informaci\u00f3n de cualquier sujeto, residente o no en el pa\u00eds, que le permita: 1) la detecci\u00f3n y\/o localizaci\u00f3n tanto de bienes no declarados, en el pa\u00eds y en el exterior, y 2) conocer maniobras que tengan como objetivo alguno de los delitos del R\u00e9gimen Penal Tributario.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata de un \u00abbuch\u00f3n pago\u00bb, dado que el proyecto de ley prev\u00e9 una recompensa que no podr\u00e1 superar el 20% del total de lo efectivamente recaudado. El colaborador gozar\u00e1 de protecci\u00f3n y reserva de identidad (propia y de su entorno) y no recibir\u00e1 sanciones administrativas ni denuncias penales (tributarias, ni de otro tipo).<\/p>\n\n\n\n<p>La utilizaci\u00f3n de este tipo de figuras siempre ha sido controversial. La idea ha sido tomada del proyecto ideado por el senador Parrilli.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Sin dudas, el Proyecto de Ley de \u00abDeclaraci\u00f3n Voluntaria del Ahorro Argentino No Exteriorizado\u00bb ser\u00e1 un tema relevante para el a\u00f1o 2023 que reci\u00e9n inicia. Habr\u00e1 que estar atento a su evoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/economia\/los-precios-estacionales-aceleraron-inflacion-diciembre-n58803\"><\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/economia\/luego-dos-anos-superavit-volvio-deficit-brasil-fue-us-2250-millones-2022-n58805\"><\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/eleconomista.com.ar\/economia\/optimismo-oficial-datos-preliminares-auguran-una-temporada-similar-record-2022-n58804\"><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hace pocos d\u00edas se conocieron los lineamientos del Proyecto de Ley de \u00abDeclaraci\u00f3n Voluntaria del Ahorro Argentino No Exteriorizado\u00bb. 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