El Gobierno nacional estableció las pautas para reglamentar la Ley N° 27.615/21, la cual le otorga por única vez un beneficio económico a los familiares de las víctimas del submarino ARA San Juan, que depende del cargo que ocupen los tripulantes variará el monto.

La decisión fue dada a conocer a través del Boletín Oficial bajo el Decreto 316/2021, firmado por el presidente Alberto Fernández. Esta ley fue aprobada por el Congreso el 24 de febrero y reconoce «a los y las familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan el derecho a percibir por única vez un beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar», según detalla el documento.

En este sentido, el segundo articulo explica que «tendrá el carácter de indemnización extraordinaria por el siniestro producido en el mencionado submarino ARA San Juan en ocasión del desarrollo de tareas de vigilancia y control del mar en el límite de la zona económica exclusiva de la República Argentina, del que resultara la trágica desaparición o muerte de la totalidad de la tripulación, acaecido en el año 2017».

Por su parte, el monto deberá «considerarse como base de cálculo la remuneración bruta mensual vigente del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial que se menciona, para el grado y nivel que allí se indican, actualizada al momento del pago del beneficio», según especifican las autoridades. Además, para acceder al beneficio, la persona debe renunciar a todo derecho por indemnización de daños y perjuicios ante la Autoridad de Aplicación.

Fuente: Filonews.

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