Abogada egresada de la UBA, cursó sus estudios de especialidad en Derechos Humanos en la Facultad de Humanidades de la UNSa.
En 2014 creó la Fundación Tomar Acción y este año publicó el libro “Derechos Humanos en Salta”.

Fue tallerista del proyecto Desear con Inclusión, una iniciativa de FUSA AC y Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), impulsada por el Fondo Fiduciario de la ONU para Eliminar la Violencia contra la Mujer. 

La experta se refirió al anteproyecto de ley presentado y habló sobre el caso del músico Chano Carpentier, quien sufrió un balazo por parte de un policía luego de que su madre pidiera una guardia médica para ayudarlo en un momento de crisis.

¿Por qué decidió hacer el anteproyecto para reglamentar la ley de salud mental?
Como ONG que trabaja con el colectivo de la discapacidad desde hace 8 años, el contacto directo con ellos y sus familiares y allegados nos permite facilitar históricamente la comunicación del colectivo con personas en puestos de toma de decisión, con agentes sanitarios o personas que tienen algún rol en su vida.
Ellos les dicen cómo quieren ser tratados o nombrados, cuáles son los obstáculos para hacer efectivos sus derechos. Por ejemplo, cuando mujeres van al hospital y las camillas no son adecuadas o las cartillas de información no tienen lenguaje accesible.
Esto nos permitió ver la necesidad de que haya una ley que instrumente los organismos y los dispositivos comunitarios necesarios para el efectivo cumplimiento de la Ley Nº 26.657. 
El Gobierno dice que es de plena aplicación y que la ley tiene vigencia, pero necesitamos los organismos que le den un cumplimiento efectivo porque, si no, queda en una declaración de buena voluntad.
Estos dispositivos comunitarios permiten sostener la atención ambulatoria de las personas con padecimiento del orden psicosocial, de salud mental o de consumos problemáticos.

¿Qué caracteriza a esta ley?
La ley busca prevenir y proteger los derechos de las personas… Está interconectada con todos los instrumentos de derecho internacional y se crea en el marco jurídico del sistema de derechos humanos. Requiere un trato del Estado para con los usuarios que sea interconectado, intersectorial, que no esté monopolizado por la corporación médica psiquiátrica. 
La ley obliga al Estado a implementar estos dispositivos territoriales comunitarios usando el personal que ya tiene en los manicomios. No es la idea dejar a nadie sin trabajo, siempre y cuando ellos manifiesten por escrito su adhesión a la ley de salud mental.
Ellos no pueden venir del manicomio a seguir con las prácticas de medicación, de aislamiento, de internación involuntaria… Eso tiene que quedar en un pasado.

¿Cómo debería ser ahora?
Ahora hay que hacerlo con los dispositivos territoriales que no solo son fundamentales para los colectivos de consumo problemático y padecimiento del orden psicosocial, sino también para las mujeres. Ellas van a ser las más beneficiadas con la ley provincial.
Esta ley instrumentará también un órgano de revisión que va a supervisar a los agentes de la salud y a los agentes judiciales. Todas las personas que tengan funciones estatales con vínculo con las personas con discapacidad y del orden psicosocial tendrán un control por parte del organismo.
El órgano de revisión tiene que estar ubicado en el Ministerio Público de la Defensa. Consideramos que este anteproyecto es superador del que se manejaba en 2019, de Lucas Godoy e Isabel De Vita, que ubicaba el órgano de revisión en la Asesoría de Incapaces.
La doctora Iglesias, que es secretaría ejecutiva del Órgano Nacional de Revisión de Salud Mental, consideró que esto se debía modificar.
Este anteproyecto recoge los antecedentes en Salta. El plan provincial de salud es del año 1986, previo a la reforma de la Constitución del 94 que incorpora los tratados de derecho internacional. Si bien ahora tenemos una Secretaría de Salud Mental, entendemos que no hubo mejoras…

Estos días se habla mucho de salud mental a raíz de lo que le sucedió a Chano Carpentier. ¿Qué lectura hace de esto?
Esto me recuerda a lo que pasa con Britney Spears… Ella y Chano son bárbaros para producir, salen de gira, dan trabajo a decenas de familias. Muchos trabajan de lo que ellos son, de lo que ellos hacen y después hay un trato sesgado, estigmatizante.

¿Cómo funciona el sistema para quienes tienen problemas de adicciones?
La ley es muy clara cuando incorpora la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que en el artículo 12 habla de capacidad jurídica… Es bastante difícil entender cómo una persona que transita un brote o un mal momento puede ser capaz. La ley refuerza la voluntad de la persona con discapacidad y obliga al sistema médico a valerse de allegados, familiares y el entorno para entender y dilucidar su voluntad. 
El Ministerio de Salud de la Nación tiene un despliegue en su plataforma relacionado con el consentimiento informado. Ante cualquier persona en estas situaciones, el Estado tiene ciertas obligaciones en relación con cómo se debe comportar el personal de salud, policial y judicial. Tienen que hacer uso de los apoyos históricos de esas personas. No se pueden manejar con la histórica tutela o curatela porque han cambiado las normas y estas normas del sistema de derechos humanos están interconectadas y traen mecanismos que los agentes deben incorporar. Solo hay que difundirlos.
El personal de salud debe obtener un consentimiento previo, completo e informado de la persona con adicción y esta tiene que darlo plenamente valiéndose de sus apoyos y de sus allegados, no necesariamente de sus familiares.

¿Por qué en este caso parece que no hay contención del Estado, como sucedía con las Madres del Paco?
Está la teoría jurídica del menor daño. No se puede obligar a una persona a internarse y desintoxicarse, pero se puede crear una red para que esa persona se haga el menor daño posible a sí mismo y a su entorno.
Estas teorías del menor daño, del sistema de apoyo y del consentimiento informado tienen un desarrollo de los organismos creados para interpretar las leyes y velar por su cumplimiento como la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

¿Cómo se hace para no llegar a situaciones tan límite como esta y proteger los derechos de la persona con un padecimiento mental?
Hay una serie de elementos que conviven en este tipo de casos, en los que la fama y el dinero son variables que impiden desacelerar los picos emocionales con más facilidad.
La reacción de las fuerzas de seguridad da muestra de la falta de difusión de los derechos de las personas con discapacidad y de qué tipo de protocolo tienen que seguir las personas que las rodean.
Cuando cambiamos la mirada sobre la salud mental y decimos que la persona tiene que estar en la comunidad, el Estado tiene que ayudar a la sociedad a no fallarle a esa persona porque ella no puede cambiar la manera de ser.
Si partimos del derecho de existir de la otra persona, si me enojo, me molesta o estoy perturbada u ofendida, yo tengo que ver qué hago con eso y no cargarla a ella con cosas que no puede cargar porque no puede ser de otra manera.

Fuente: El Tribuno

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