Actualmente muchos adultos mayores están recibiendo una jubilación menor a la que les corresponde, y están en condiciones de reclamar, según los expertos en derecho previsional.
En estos casos los jubilados y pensionados pueden solicitar lo que se conoce como un reajuste de haberes, que es un reclamo contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para que corrija el monto del haber, tanto a hacia adelante como en forma retroactiva.
Para la mayoría, cobrar el «82% móvil» del sueldo que se tenía en actividad no es más que una ilusión. Casi el 70% de los beneficiarios no llega a eso. Y en muchos casos, al revisar sus recibos, los especialistas detectan montos menores que los debidos.
Según explicó la abogada previsionalista Silvia Arce, «lo que se exige es que les paguen según los índices correspondientes». Y ejemplificó: «Si la persona debía cobrar $ 50.000, la ANSES en una época, hasta marzo de 2018, pagaba un aproximado de $ 45.000».
Desfasajes como esos, y sus efectos acumulados a lo largo del tiempo hasta hoy, son lo que se intenta corregir a través de un proceso que puede llevar varios años y que recomiendan por lo tanto iniciar cuanto antes.
¿Qué es el reajuste de haberes retroactivo de ANSES?
Se trata de la modificación retroactiva de una prestación previsional ya otorgada, en las siguientes situaciones:
1. Error en la fecha inicial de pago. Surge a partir de una solicitud de revisión por un posible error detectado en la determinación de la fecha inicial de pago de la prestación.
El error puede haberse producido en:
- La determinación de la fecha de cese.
- La determinación de la fecha que adquiere derecho.
- La fecha del hecho generador (invalidez, muerte, nacimiento).
- El período de prescripción.
- La fecha de solicitud de la prestación.
- Los plazos de determinación de deuda de autónomos en SICAM.
2. Error en la liquidación. Surge a partir de una solicitud de revisión por un posible error técnico detectado en la liquidación de la prestación.
El error puede haberse producido en:
- La aplicación de aumentos o de un período de servicios.
La categoría de autónomos.
- Un período desempeñado en relación de dependencia.
- Las remuneraciones certificadas.
- El haber cuando hay aportes en servicios en relación de dependencia y autónomos (mixtos).
- El descuento de conceptos y cuotas de moratoria.
Paso a paso, ¿cómo iniciar el reclamo para solicitar un reajuste de haberes jubilatorios?
1. Sacar un turno en Anses para solicitar personalmente el detalle del beneficio, donde figuran las remuneraciones y en qué condiciones se dio inicio a la jubilación, siempre y cuando esta información no la tenga ya en su poder el jubilado.
2. Con esta información, acudir a un abogado para que calcule cuánto debería estar cobrando el jubilado en base a sus aportes y años de antiguedad. La cuenta, muy compleja de realizar por cuenta propia, se procesa con sistemas informáticos específicos de cálculo previsional.
3. En el caso de estar cobrando mal, se evalúa el nuevo haber que tiene que recibir el jubilado, así como el retroactivo que se le debe por las diferencias e intereses.
4. Se presenta un reclamo administrativo de reajuste de haberes jubilatorio a ANSES para que resuelva el problema.
5. Si en 120 días no se soluciona, se inicia un juicio contra la ANSES.
«En la mayoría de los casos dicen que no corresponde, y con esa negativa se termina acudiendo a la Justicia», sostuvo Arce.
Además aclaró que el juicio sólo lo pueden iniciar quienes se jubilaron hasta marzo de 2018, cuando todavía existía un vacío legal. Para quienes se jubilaron a partir de esa fecha ya existe una ley que dice cómo debe hacerse el cálculo, por lo que el reclamo no tiene lugar.
Por otro lado, aseguró que de haber una diferencia comprobada previamente en los cálculos previsionales hechos por los abogado, el jucio tiene un éxito asegurado. No obstante aclaró que el proceso puede llegar a durar entre 5 y 7 años para ser cobrado.
La mayoría de los abogados cobra honorarios sólo si el jubilado termina accediendo al reajuste. Es un porcentaje del total que recibirá el beneficiario al final del juicio.