El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat anunció que este lunes 2 de enero abrieron las inscripciones del Procrear II, por el que los beneficiarios podrán acceder a 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos ubicados en 17 provincias del país y, de esa manera, alcanzar el sueño de la casa propia.
El objetivo del programa es ofrecer soluciones habitacionales en función de las necesidades de cada territorio y permitir que las familias tengan «acceso a un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas” a tasa fija y con plazos máximos de hasta 30 años. En paralelo, impulsan al sector de la industria de la construcción.
Donde estarán las viviendas que se sortearán en el Procrear II
En esta ocasión, las 635 unidades funcionales que serán sorteadas estarán ubicadas en: Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás (Buenos Aires); Estación Buenos Aires y Estación Sáenz (Capital Federal); Puerto Madryn (Chubut); Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco (Córdoba); Corrientes (Corrientes).
Así como en Paraná (Entre Ríos); Jujuy (Jujuy); Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael (Mendoza); Posadas (Misiones); Zapala (Neuquén); Viedma (Río Negro); Tartagal (Salta); San Luis (San Luis); Río Gallegos (Santa Cruz); Estación Cambios, Rafaela, y Súnchales (Santa Fe); Santiago del Estero y La Banda (Santiago del Estero) y Río Grande (Tierra del Fuego).
Estas instalaciones cuentan con “excelentes vías de acceso” y cerca de centros educativos, recreativos y de salud y de espacios verdes. Además, tienen garantizados todos los servicios públicos a través de una “completa infraestructura”.
Cómo inscribirse en Procrear II
Los y las interesadas ya pueden inscribirse a través del sitio web oficial del Ministerio, donde se encuentran los requisitos generales que deberán cumplir para poder acceder al sorteo y las bases y condiciones del programa.
En el formulario de inscripción se debe completar el código postal y lugar de residencia, desarrollo urbanístico, provincia, ciudad, CUIL o CUIT, género y DNI.
Requisitos para anotarse en los programas Procrear
Estos son los requisitos para acceder a los beneficios del programa:
- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
- No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
- Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
- Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
- Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
- No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
- Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
- El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados;
- Matrimonio.
- Unión convivencial.
- Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.