El extenso alegato del fiscal Federico Zurueta y la auxiliar fiscal Marina Cura en el sexto juicio por delitos de lesa humanidad que desde 2018 se lleva a cabo en San Salvador de Jujuy, tocó la semana pasada las responsabilidades de integrantes de Gendarmería Nacional y la Policía Federal, y empezó a exponer sobre miembros de la Policía de Jujuy. 

Entre las 23 personas que se juzgan en este proceso, por actos de terrorismo de Estado cometidos en perjuicio de 121 personas, están siendo juzgados los ex gendarmes Raúl José Borges Do Canto y Carlos Raúl Pérez.

Borges Do Canto era segundo comandante de Gendarmería y “cumplía funciones como jefe en la sección Mina Aguilar de Gendarmería”, desde el 8 de enero de 1975 hasta el 1 de octubre de 1976, recordó el fiscal tras afirmar que el oficial “formó parte de la estructura represiva” y en esa condición “participó en la articulación y ejecución de algunos procedimientos” represivos. Era la máxima autoridad de Gendarmería en El Aguilar, a casi 4 mil metros sobre el nivel de mar, y en esa zona del altiplano jujeño en el momento en que ocurrieron los hechos que se ventilan en este proceso. 

Zurueta recordó los antecedentes de lucha obrera, como el Aguilarazo, una huelga iniciada en noviembre de 1973 que a pesar de la represión de Gendarmería (que dejó heridos y un muerto) consiguió un aumento de salarios del 70%. «No resulta para nada una casualidad que Borges Do Canto haya llegado a la Mina El Aguilar“ en 1975.

«Resulta claro que precisaban a una persona de estas características, que pudiera desarrollar estas tareas”, debía conocer e identificar a las personas que por sus acciones sindicales, por ejemplo, podían poner en riesgo los intereses de la empresa minera. 

Entre el 24 y el 26 de marzo de 1976 un grupo de gendarmes en camionetas de la empresa detuvo a 23 trabajadores, que fueron luego trasladados a comisarías, al Escuadrón de Gendarmería en La Quiaca y luego fueron a parar al penal de Villa Gorriti, donde sufrieron todo tipo de vejámenes y torturas y de donde algunos fueron recuperando sus libertades y otros fueron llevados al penal de La Plata. 

Para referirse a la responsabilidad de Borges Do Canto el fiscal citó los testimonios de algunas de estas personas. Efraín Guzmán, que integraba la comisión directiva del Sindicato Obrero Mina Aguilar, habló de las tareas de inteligencia que realizó el segundo comandante, contó que siempre quería asistir a las reuniones del sindicato, que decía que él podía ayudarlos.

También repasó testimonios que ubican a Borges Do Canto participando de algunos operativos represivos y en el penal de Gorriti, donde era uno de los que llevaba adelante los interrogatorios. El detenido Mariano Rodríguez contó que en su secuestro Borges Do Canto lo apuntó con un arma en la cabeza y que se lo llevaron dejando solo en la casa a su hijo de ocho años. 

Rodríguez también testificó en su momento que, al igual que otros represores, los intereses de segundo comandante tenían más cercanía con la rapiña que con los altos ideales que los personeros de la dictadura decían encarnar: recordó que lo llevó al Sindicato, lo obligó a abrir la caja fuerte y se llevó algunos cheques, “porque dinero no había”.

“Todo esto demuestra (tras citar las pruebas), a criterio de la Fiscalía, que Borges Do Canto no solo se limitó a reunir información y a identificar a estas personas a quienes ellos consideraban opositores y que vivían en la zona de El Aguilar, sino también a garantizar que luego esta misión represiva, claramente ideada con anterioridad, sea un éxito, y a ese fin también participó de algunos operativos, secuestros de algunas víctimas de El Aguilar y también participó con posterioridad de las torturas que cada una de ellas sufrió hasta que se decidió” su destino final, aseguró el fiscal.

Agregó que también también su labor represiva y su tarea de inteligencia, una evaluación realizada el 25 de diciembre de 1975 por el subjefe y jefe de la plana mayor del Escuadrón 21 de La Quiaca, el comandante Blasón. Destacó que como jefe de la sección Mina El Aguilar Borges Do Canto «ha demostrado sus especiales condiciones en el manejo de las relaciones públicas en los distintos niveles”. Otra evaluación del 30 de septiembre de 1976, esta vez realizada por el jefe del Escuadrón 21, destacó su capacidad para superar “aspectos difíciles derivados de situaciones gremiales”.

Así como su llegada a la sección de Mina El Aguilar no fue casual, tampoco lo fue su salida, dijo el fiscal. Recordó que cesó en ese cargo el 1 de octubre de 1976, cuando “el objetivo represivo de las fuerzas en la Mina El Aguilar ya se encontraba cumplido”. “Porque conforme se demostrara (…) al 1 de octubre de 1976 (…) el destino de todas las víctimas ya estaba definido a esa altura”. De las 23 víctimas, 16 ya habían sido liberadas “y obligadas además a abandonar la mina al igual que sus familiares”, las siete restantes que continuaban detenidas “ya habían sido catalogadas como detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y como de máxima peligrosidad y es por ello que fueron trasladados el 7 de octubre del 76 a otras cárceles de máxima seguridad”.

“Tenían un objetivo muy claro sus funciones en Mina El Aguilar y, como decimos, a esa fecha ya se habían cumplido”, insistió el fiscal.

El poder del alférez 

La auxiliar fiscal alegó sobre Carlos Pérez, que en 1976 era alférez y revistaba en el Escuadrón de La Quiaca “pero en los hechos prestó también funciones en el interior del penal de Gorriti”. 

Citando pruebas que se incorporaron en este proceso, Marina Cura puso de resalto “El poder de decisión que tenía el nombrado sobre las víctimas” en ese penal, donde estaba a cargo a de las personas detenidas por razones políticas, “comandaba lo que sucedía con los presos políticos».

La auxiliar fiscal sostuvo que «es claro» que Pérez tuvo responsabilidad en la represión ilegal. Recordó que fue designado a fines de 1975 para desempeñarse, «al menos de forma oficial en el Escuadrón 21 de la ciudad de La Quiaca, lo que incluso coincide con el principio de los arrestos de los obreros de Mina El Aguilar que se iniciaron meses después de esta designación». Ade más, el 24 de marzo del 1976 fue presentado a parte del personal del Servicio Penitenciario «como una de las personas que estaría a cargo de los detenidos políticos», lo que coincide con el testimonio de ex detenidos y detenidas que han dicho que el alférez «ingresaba a los pabellones” y ordenaba el trato que debían darles, y fue él quien dispuso libertades. “Es evidente a todas luces la activa participación y el compromiso que tuvo” Pérez con la represión ilegal, afirmó Cura. 

En este proceso está siendo juzgado también el subcomisario Rodolfo Oscar López, que fue segundo jefe de la Delegación Jujuy de la Policía Federal entre el 2 de enero de 1976 y el 13 de enero de 1977. En este proceso está acusado por las detenciones ilegales y las torturas en perjuicio de cuatro personas. «Actuó de forma activa en la ejecución de los delitos que ahora se le endilgan”, sostuvo la auxiliar fiscal. 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí