La Cámara de Apelaciones de Bolonia, Italia, resolvió convocar a una nueva audiencia el 26 de enero para determinar, tras la realización de peritajes médicos, si el ex capellán militar Franco Reverberi Boschi, requerido por la Justicia mendocina por su actuación en delitos de lesa humanidad durante la dictadura, puede ser extraditado a la Argentina. El sacerdote de la Iglesia católica, recordado por sobrevivientes del centro clandestino La Departamental, de San Rafael, por su participación en sesiones de tortura, mantiene la esperanza de que los achaques propios de sus 84 años frustren la extradición. En tal caso, la Argentina podría solicitar que se lo juzgue en Italia, donde se refugió cuando trascendieron las declaraciones de testigos que hacían peligrar su impunidad.

Reverberi fue capellán auxiliar del Escuadrón de Exploración de Montaña VIII del Ejército, en San Rafael, y huyó a Italia luego del primer juicio de lesa humanidad en Mendoza, en 2011, cuando sobrevivientes lo recordaron con una Biblia en la mano y una pistola en la sobaquera en medio de los torturadores, sugiriendo a los secuestrados la conveniencia de aportar información. La fiscalía de San Rafael pidió que se lo citara a indagatoria pero antes de que un juez lo convocara se instaló en Sorbolo, Parma, la tierra natal que dejó cuando era pibe y sus padres emigraron a la Argentina.

En 2012 la Justicia lo declaró en rebeldía, se pidió su extradición e Interpol llegó a emitir la orden de captura internacional. El cura respondió a cada oficio diciendo que los problemas de salud le impedían viajar a la Argentina, mientras la Iglesia le garantizaba guarida y abogados. En 2013 una corte italiana rechazó por primera vez el pedido de extradición con el argumento de que el delito de torturas no era imprescriptible según el Código Penal de ese país. El avance de las causas en Cuyo y las nuevas pruebas permitieron ampliar la acusación: partícipe secundario en diez casos de secuestros y torturas, en el asesinato de José Berón –militante del ERP que permanece desaparecido– y miembro de la asociación ilícita que conformaba el grupo de tareas de La Departamental.

En marzo pasado, la Cámara de Bolonia volvió a rechazar la extradición, pero el 30 de junio la Corte Suprema de Casación italiana le ordenó emitir un nuevo fallo teniendo en cuenta las pruebas que no había analizado. En esa etapa, a las acusaciones que inicialmente impulsaron la APDH de San Rafael, el fiscal general Dante Vega y la ONG 24 de Marzo, se sumó el gobierno nacional, representado por la Secretaría de Derechos Humanos.

“Hoy la Cámara de Apelaciones de Bolonia ha examinado el caso, el pronunciamiento de la Corte de Casación favorable a la extradición. A fin de facultar las condiciones de salud de Reverberi, que tiene una edad avanzada, puso una audiencia el 26 de enero para realizar un peritaje con un médico forense y un cardiólogo para establecer si puede viajar”, indicó el abogado Arturo Salerni, que representa a nuestro país. En la audiencia, “la Fiscalía no discutió el mérito de la extradición porque recibió las indicaciones de una Corte de Casación que ya se pronunció sobre la extradición de forma favorable”, destacó.

El director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Derechos Humanos, Federico Efron, sostuvo que en materia de derecho “están dadas las condiciones” para que el sacerdote sea enviado a la Argentina para responder ante la Justicia. A la vez, advirtió que prevé “una discusión” en torno a la “situación de salud” del acusado –tiene 84 años, es diabético y presenta problemas cardíacos–, que podría llegar a generar el rechazo del pedido. “En una cuestión de derecho, las condiciones están dadas para que se conceda la extradición. Pero también prevemos una discusión, que puede significar que se conceda o se rechace la extradición, que es la situación de salud de Reverberi”, precisó.

El abogado de la APDH en las causas de lesa humanidad ante el Juzgado Federal de San Rafael, Ricardo Ermili, coincidió con Efron en que “los problemas de salud propios de la edad” de Reverberi “podrían ser razón de que no se conceda la extradición”. En ese caso, la Argentina podría solicitar que el represor “sea juzgado en Italia y garantizar la presencia de las víctimas”.

“El fallo de la Casación es muy importante porque le dice a la Corte de Bolonia ‘te extralimitaste en analizar con tanta profundidad la prueba que aportó el Estado argentino’”, señaló Efron, y explicó que “en ningún juicio de extradición se discute de fondo si la persona cometió el delito o no”. Ponderó que esa sentencia haya considerado a “la tortura dentro de los crímenes de lesa humanidad” y por lo tanto determinara “la imprescriptibilidad” de ese delito. “De ahora en más se puede conceder una extradición también por el delito de tortura» y «eso abre un abanico muy importante” para los casos de otros represores refugiados en Italia. En esa línea, destacó que en su último viaje a Italia, el mes pasado, se reunió con la nueva fiscal del caso, Antonella Scandelari, quien le aseguró que la Fiscalía “ahora va a apoyar” la petición argentina, algo que “en la primera audiencia en marzo no había sucedido”.

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